En el expediente 01605-2006-HC en la que se declara fundado un Habeas Corpus en virtud de que el procesamiento por el fuero militar de acuerdo con normas que siguen interpretaciones declaradas inconstitucionales vulnera el derecho a un juez independiente e imparcial.
En la parte resolutiva se ordena que el beneficiario sea procesado por un juez militar independiente e imparcial, nombrado conforme a la Constitución y aquellas leyes compatibles con ésta, debiendo tomarse en consideración para tal efecto sus sentencias.
Simultáneamente el Tribunal Constitucional ha inaplicado la Ley 29182, que es la que regula la composición de los órganos jurisdiccionales militares policiales, por lo que no alcanzamos a determinar cual sería el Juez predeterminado en este caso.

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