En el expediente 02431-2007-AA el contenido esencial del derecho de petición está conformado por dos aspectos, el primero relativo a la libertad reconocida a cualquier persona para formular pedidos por escrito a la autoridad competente; y el segundo se refiere a la obligación de dicha autoridad de dar una respuesta al peticionante por escrito y en un plazo razonable.
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