En el expediente 04573-2007-HD se deja sentado que la vida privada, como supuesto para negar el acceso a determinada información, está constituida por los datos, hechos o situaciones desconocidos para la comunidad que, siendo verídicos, están reservados al conocimiento del sujeto mismo y de un grupo reducido de personas, y cuya divulgación o conocimiento por otros trae aparejado algún daño
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