En el expediente 03593-2006-AA mediante la que se convalida la aplicación de sanciones por infracción de la Constitución tipificando incluso algunas de ellas que por cierto no lo están en la ley ni en la propia Carta.

No puede dejar de llamar la atención que el Tribunal Constitucional sostenga que “se busca proteger la Constitución evitando la impunidad de quienes la violen por medios no previstos ni sancionados en la ley” precisamente porque no existía hasta antes de la sentencia sanción alguna por hechos no previstos ni sancionados en la ley. Una perplejidad semejante es la que plantea el Doctor Juan Bautista Bardelli Lartirigoyen en su voto singular quien opina que debe declararse fundada la demanda.

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