En el expediente 07321-2006-AA mediante la que se convalida el cierre de la denominada “Cédula viva Garcilasina”, sistema previsional propio de la Universidad Inca Gracilaso de la Vega que es evaluado como inviable.

Se mantiene de este modo la línea jurisprudencial que abriera a partir de las resoluciones recaídas en los expedientes 0050-2004-AI/TC, 0051-2004-AI/TC, 0004-2005-PI/TC, 0007-2005-PI/TC y 0009-2005-PI/TC.

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