En el expediente 10078-2005-AA se ha resuelto que el último párrafo del artículo 13º de la Ley Nº 28091, y los artículos 32º, 33º y 34º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE vulneran el principio-derecho de igualdad ya que dichas disposiciones violan el derecho a la igualdad de oportunidades en la relación laboral de aquellos miembros del Servicio Diplomático que, cumpliendo 65, pasan a formar parte del Cuadro Especial del Escalafón del Servicio Diplomático, pues ello les impide ocupar cargos en órganos de línea en el Ministerio de Relaciones Exteriores y cargos permanentes en el exterior. En dicho caso podrá comprobarse como aplica el Tribunal Constitucional en la práctica el test de igualdad.
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