En el expediente 02725-2008-AA en cuanto desarrolla el contenido constitucionalmente protegido del derecho al ne bis in idem. Se anota además que el Principio de interdicción de la arbitrariedad es una garantía frente a la facultad discrecional que la Constitución ha reconocido al Ministerio Público.
Asimismo desarrolla también un test de triple identidad: a) El primer elemento es la identidad de la persona perseguida penalmente (identidad subjetiva) en varios procesos; b) El segundo elemento es la identidad del objeto de persecución (identidad objetiva), consiste en que la segunda persecución penal debe referirse “al mismo hecho” que el perseguido en el primer proceso; y c) Por último, la identidad de la causa de persecución el fundamento de los ilícitos supuestamente realizados por los denunciados están referidos por igual a bienes jurídicos de la misma persona fisica o jurídica.

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