En el expediente 05954-2007-HC en cuanto desarrolla una serie de principios rectores que regulan la fase “ejecutiva” del proceso penal.
Entre los “Principios regla de alcance general” señala que en los establecimientos penitenciarios no deberá existir hacinamiento, que las autoridades penitenciarias deben garantizar servicio de agua y lo necesario para la higiene personal, asistir con ropa a los reclusos, agrega que la alimentación es obligatoria y debe administrarse atendiendo a estándares de sanidad, nutrición y hora, entre otros.
Además introduce una serie de Principios regla de alcance específico entre las que se incluye acceso a la educación, la separación entre condenados y procesados anotando que estos últimos también gozan de derecho al trabajo pero a diferencia de los condenados esta tarea no constituye una obligación, entre otras.

No hay comentarios: