En el expediente 06534-2006-AA en la que se deja sentado que contar con agua potable constituye un derecho constitucional no enumerado, de naturaleza positiva o prestacional, cuya concretización correspondería promover fundamentalmente al Estado
Para encontrarse dentro del ámbito del respeto a tal derecho debe garantizarse acceso, calidad y suficiencia

No hay comentarios:
Publicar un comentario