En el expediente 01936-2007-AA se resuelve una nueva demanda contra el Jurado Nacional de Elecciones confirmando la línea desarrollada a partir del Caso Lizana Puelles en cuanto a que toda afectación de los derechos fundamentales en la que pudiera incurrir el JNE, devendrá en irreparable cada vez que precluya cada una de las etapas del proceso electoral o que la voluntad popular se haya sido manifestada en las urnas. Aclarando que en tales casos el proceso de amparo sólo tendrá por objeto determinar las responsabilidades a que hubiera lugar.

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