En el expediente 00025-2005-AI mediante la que el Tribunal Constitucional declara fundada la demanda de inconstitucionalidad contra el requisito de haber aprobado el Profa de la Academia de la Magistratura para postular al cargo.
El fundamento gira en torno a la idea de que la intervención se produce aquí sobre el derecho de acceso a la función pública. Es decir, el tratamiento diferente –la introducción del requisito cuestionado- ocasiona que las personas que no tienen aprobado el Profa no pueden ejercer el derecho de acceso a la función pública, pudiendo acceder sólo aquellas personas que sí lo tienen. La intervención se produce en la imposibilidad de intervenir o participar en el concurso para acceder a la función de magistrado (juez o fiscal) como consecuencia del citado requisito.
Sin embargo se resuelve también que “Las personas que logren ingresar a la magistratura y que ya han llevado a cabo el PROFA podrán ser eximidas del mismo y asumir sus funciones; en cambio, las personas que no lo han cursado, en el supuesto que ingresen, no podrán ejercer el cargo, sino hasta después de llevar el citado curso”.

No hay comentarios: